Comité de Convivencia

El Comité de Convivencia de propiedad horizontal la ley 675 de 2001 en su artículo 58 numeral estableció que el Comité de Convivencia es la instancia mediadora para la solución de conflictos que puedan surgir con ocasión de la relación entre los diferentes miembros que componen la Propiedad Horizontal

Integrantes

usuario

Rita Lucía Trilleras Navarro

usuario

Elberney Ramírez

usuario

Liliana Cuenca Sánchez

Correo:convivenciavizta@gmail.com